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Ley Vigente

Artículo 30. Apoyo a los sectores de alto contenido tecnológico.

Artículo 30 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12584

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-23.

Texto consolidado

1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia fomentará la creación y apoyará la actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica, así como las desarrolladas por empresas ya existentes que refuercen sus capacidades en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Subvenciones de la Región de Murcia.

2. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia articulará mecanismos específicos para fomentar y apoyar las actuaciones de empresas, universidades, centros de investigación y centros tecnológicos tendentes a la creación de empresas innovadoras de base tecnológica y promoverá la financiación adecuada a tales fines, dentro de los límites establecidos por la normativa europea en materia de ayudas públicas a empresas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-23.

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