Artículo 22. Promoción de la cultura científico-tecnológica en el ámbito educativo.
Artículo 22 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-23.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia promoverá, en el ámbito de sus competencias, la introducción de conocimientos sobre I+D+I en todos los niveles de la enseñanza. Asimismo fomentará la aplicación de una metodología activa en todas las áreas, especialmente en la enseñanza de las ciencias experimentales, potenciando las actividades de observación y experimentación e incrementando los recursos materiales y humanos que faciliten la utilización didáctica de los laboratorios, de las nuevas tecnologías y de las actividades de campo.
2. Igualmente, se potenciará la transmisión de la cultura emprendedora y de los valores y dimensiones humanistas de la cultura científica entre los estudiantes de todos los niveles educativos, incorporando contenidos específicos que fomenten dicha cultura en los programas educativos.
3. En consecuencia con lo anterior, incorporará a los planes de formación del profesorado cursos específicos para la aplicación y desarrollo de las anteriores iniciativas pedagógicas en todos los niveles educativos.