Artículo 8. Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo 8 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-23.
Texto consolidado
1. Se crea el Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación como órgano consultivo del Consejo de Gobierno y de la Administración regional en materia de política científica, que se adscribe a la consejería competente en materia de política científica, tecnológica y de innovación.
2. El Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación canaliza la participación efectiva de la sociedad de la Región de Murcia en la toma de decisiones en materia de política científica o tecnológica e incorpora la opinión y consejo de expertos de reconocido prestigio para la toma de decisiones de política científica y tecnológica.
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