Artículo 26. Movilidad del personal investigador.
Artículo 26 de la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-23.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia desarrollará programas de movilidad del personal que esté directamente implicado en procesos de I+D+I o de transferencia de tecnología entre centros públicos y privados de carácter regional, nacional e internacional. Asimismo se propiciará la movilidad de este personal entre universidades, centros de investigación y empresas ubicados en la Región.