Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha.
BOE-A-2021-18039 · Boletín Oficial del Estado, 2021-11-05 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 5/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-07-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 265, 2021-11-05
- Entrada en vigor
- 2022-01-30
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 74
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-18039
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y exclusiones.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo.
- Artículo 3. El Catálogo de Juegos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Artículo 4. Régimen de los juegos.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Políticas de juego responsable.
- Artículo 7. Publicidad, patrocinio y promoción.
- Artículo 8. Del Consejo de Gobierno.
- Artículo 9. De la consejería competente en materia de juego.
- Artículo 10. De la Comisión de Juegos de Castilla-La Mancha.
- Artículo 11. Registro General de Juegos.
- Artículo 12. Declaraciones responsables, comunicaciones y autorizaciones.
- Artículo 13. Régimen de la autorización administrativa.
- Artículo 14. Organización y explotación.
- Artículo 15. Prohibiciones generales.
- Artículo 16. Obligaciones de las empresas.
- Artículo 17. Obligaciones del personal empleado.
- Artículo 18. Derechos y obligaciones de las personas usuarias.
- Artículo 19. Locales.
- Artículo 20. Condiciones generales.
- Artículo 21. Control de admisión.
- Artículo 22. Casinos de juego.
- Artículo 23. Establecimientos de juego.
- Artículo 24. Zonas de apuestas en recintos deportivos o feriales.
- Artículo 25. Establecimientos de hostelería.
- Artículo 26. Loterías y juego de boletos.
- Artículo 27. Juego del bingo.
- Artículo 28. Máquinas de juego.
- Artículo 29. Apuestas.
- Artículo 30. Ruleta americana, veintiuno o «black jack», póquer y midi punto y banca.
- Artículo 31. Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.
- Artículo 32. Concursos y juegos de conocimiento, estrategia, habilidad o destreza y complementarios.
- Artículo 33. De la inspección y control.
- Artículo 34. Funciones de la inspección de juego.
- Artículo 35. De la actuación inspectora.
- Artículo 36. Medidas provisionales.
- Artículo 37. Del deber de colaboración.
- Artículo 38. Sujetos responsables.
- Artículo 39. Infracciones administrativas.
- Artículo 40. Infracciones muy graves.
- Artículo 41. Infracciones graves.
- Artículo 42. Infracciones leves.
- Artículo 43. Sanciones.
- Artículo 44. Graduación de las sanciones.
- Artículo 45. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 46. Procedimiento sancionador.
- Artículo 47. Órganos competentes.
- Artículo 48. Base imponible.
- Artículo 49. Tipos tributarios y cuotas fijas.
- Artículo 50. Devengo.
- Artículo 51. Gestión de la tasa.
- Artículo 52. Pago.
- Artículo 53. Base imponible.
- Artículo 54. Tipos tributarios.
- Artículo 55. Exenciones.
- Artículo 56. Devengo.
- Artículo 57. Pago.
- Artículo 58. Hecho imponible.
- Artículo 59. Sujetos pasivos.
- Artículo 60. Devengo, pago y tarifa.
- Disposición adicional primera. Homologaciones y certificaciones.
- Disposición adicional segunda. Cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Disposición adicional tercera. Vigencia de las autorizaciones de instalación de los locales destinados a la práctica de juegos.
- Disposición adicional cuarta. Limitación a la concentración de locales de juego.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos de autorización en trámite.
- Disposición transitoria segunda. Autorizaciones de instalación de los establecimientos de hostelería y de explotación de máquinas de juego.
- Disposición transitoria tercera. Excepciones a la aplicación de los requisitos de distancias mínimas.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación a los sistemas de control de admisión.
- Disposición transitoria quinta. Adaptación de fachadas y rótulos.
- Disposición transitoria sexta. Adaptación de las máquinas de juego.
- Disposición derogatoria única. Derogaciones.
- Disposición final primera. Supletoriedad.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 12.1.f), 55.2 y la disposición adicional 4.1, por Ley 1/2024, de 15 de marzo |
| Se modifica | los arts. 1 y 21, por Ley 2/2025, de 11 de abril |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2021?
- Ley 5/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2021?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.