Artículo 58. Hecho imponible.
Artículo 58 de la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-18039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación, por los órganos competentes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de los trámites y servicios administrativos enumerados en el anexo de esta ley, derivados de la solicitud o declaración responsable por parte de las personas interesadas respecto de las actividades de desarrollo procedimental, control, supervisión o inspección en materia de juego.