Artículo 59. Sujetos pasivos.
Artículo 59 de la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-18039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.
Texto consolidado
1. Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 18 de diciembre, General Tributaria, a quienes se presten cualesquiera de los servicios, o sean receptoras de las actuaciones que integran su hecho imponible.
2. Son sujetos pasivos sustitutos del contribuyente las personas físicas o jurídicas que soliciten las actuaciones administrativas, cuando estas deban prestarse a favor de otras personas diferentes de quien lo solicita.
3. Son responsables subsidiarios las personas titulares o usuarias de los locales donde se realicen las actividades cuya autorización o trámite administrativo hubiese constituido el hecho generador de la tasa.