El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 25. Establecimientos de hostelería.

Artículo 25 de la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-18039

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.

Texto consolidado

1. Los establecimientos de hostelería son locales dedicados principalmente a la actividad de bar, cafetería, restaurante o similar, en los que se pueden instalar máquinas de juego del tipo «B» de una sola empresa operadora, bajo las condiciones y limitaciones que se establezcan reglamentariamente.

2. En ningún caso, la instalación de máquinas de juego podrá desvirtuar ni impedir el desarrollo normal de la actividad propia del establecimiento de hostelería.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-30.

Más artículos de Ley 5/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.