Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Artículo 2 de la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-18039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.
Texto consolidado
La presente ley será de aplicación a las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que intervengan en la organización, gestión, explotación y práctica de los juegos o se dediquen a la fabricación, comercialización, distribución, instalación y mantenimiento del material relacionado con el juego, así como otras actividades conexas.