Artículo 6. Políticas de juego responsable.
Artículo 6 de la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-18039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.
Texto consolidado
1. Las políticas de juego responsable contemplarán el juego como un fenómeno complejo, en el que se han de combinar acciones preventivas, de intervención y control, y también de reparación de los efectos negativos producidos, desde una perspectiva integral de responsabilidad social corporativa.
2. Las acciones preventivas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería competente en materia de juego, se dirigirán:
a) A la sensibilización y concienciación sobre las consecuencias de una práctica inadecuada del juego, especialmente relacionadas con los riesgos de ludopatía, apoyando actitudes de juego moderado, no compulsivo y responsable.
b) A prestar especial atención a aquellos colectivos más vulnerables como menores de edad, personas con adicción al juego e incapacitadas legal o judicialmente.
c) A proporcionar a la ciudadanía la información necesaria para que pueda hacer una selección consciente de sus actividades de juego, así como a advertir de los posibles efectos que una práctica no adecuada del juego puede producir.
d) A informar, de acuerdo con la naturaleza y medios utilizados en cada juego, de la prohibición de participar a menores de edad o a las personas incluidas en el Registro de interdicción de acceso al juego de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.