Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público.
BOE-A-2016-4174 · Boletín Oficial del Estado, 2016-05-02 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 4/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-04-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 105, 2016-05-02
- Entrada en vigor
- 2016-04-13
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-4174
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La sujeción de la Administración pública a la ley constituye una de las bases del Estado social y democrático de derecho, de acuerdo con lo establecido por los artículos 1 y 103 de la Constitución española.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de la asistencia.
- Artículo 3. La Asesoría Jurídica General.
- Artículo 4. Ejercicio de funciones de asistencia jurídica.
- Artículo 5. Autoprovisión dentro del sector público y contratos de asistencia jurídica con medios externos.
- Artículo 6. Formas de ejercicio.
- Artículo 7. Carácter de los informes o dictámenes.
- Artículo 8. Dictámenes de carácter preceptivo.
- Artículo 9. Contenido de los informes o dictámenes.
- Artículo 10. Representación y defensa.
- Artículo 11. Especialidades procesales.
- Artículo 12. Ejercicio y disposición de acciones.
- Artículo 13. Ejecución de sentencias.
- Artículo 14. Actuaciones en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales.
- Artículo 15. Funciones en materia de derecho de la Unión Europea e internacional.
- Artículo 16. Funciones en materia de asuntos constitucionales.
- Artículo 17. Racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa.
- Artículo 18. Participación en la elaboración de las normas.
- Artículo 19. Adaptación de la regulación vigente a los principios de racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa.
- Artículo 20. Defensa de funcionarios/as, autoridades y empleados/as públicos/as.
- Artículo 21. Concesión de la autorización.
- Artículo 22. Plazo de resolución.
- Artículo 23. Asunciones de gastos.
- Artículo 24. Denegación de la autorización.
- Artículo 25. Revocación de la autorización.
- Artículo 26. Indemnización en los casos de denegación de la autorización.
- Artículo 27. Compensación de gastos en determinados supuestos.
- Artículo 28. Ejercicio de la acción popular.
- Artículo 29. Asistencia a órganos colegiados.
- Artículo 30. Comunicación con el Consejo Consultivo de Galicia.
- Artículo 31. Verificación de documentos.
- Artículo 32. Prevención de la corrupción.
- Artículo 33. Deber de colaboración.
- Artículo 34. Nombramiento y funciones de la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General.
- Artículo 34 bis. Dirección General de Asuntos Constitucionales y Desarrollo Legislativo.
- Artículo 35. Estructura orgánica de la Asesoría Jurídica General.
- Artículo 36. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 37. Escala de letrados de la Xunta de Galicia.
- Artículo 38. Dependencia jerárquica y funcional.
- Artículo 39. Actuación profesional.
- Artículo 40. Puestos de trabajo con funciones de asistencia jurídica.
- Artículo 41. Habilitación temporal en puestos de trabajo correspondientes a la escala de letrados.
- Artículo 42. Habilitación a personal funcionario que preste sus servicios en puestos de trabajo de los órganos asistidos.
- Artículo 43. Formación.
- Disposición adicional primera. Uso de la lengua gallega.
- Disposición adicional segunda. Uso de medios electrónicos.
- Disposición adicional tercera. Negociación con las organizaciones sindicales.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones presupuestarias, transferencias y habilitaciones de créditos.
- Disposición adicional quinta. Garantía del principio de autoprovisión y de los objetivos de interés público en la asistencia jurídica del sector público autonómico.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia.
- Disposición final tercera. Facultades de desarrollo normativo y ejecución.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
| Modifica | Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. |
| Modifica | Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia. |
| Deroga | la Ley 7/1984, de 26 de junio de 1984 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2016?
- Ley 4/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2016?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.