Artículo 14. Actuaciones en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales.
Artículo 14 de la Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público. · BOE-A-2016-4174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-13.
Texto consolidado
Previa autorización de la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General, los/las letrados/as de la Xunta de Galicia podrán asumir la representación y defensa en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales de naturaleza nacional o internacional, conforme a la legislación aplicable.
Sección 3.ª Funciones en materia de derecho de la unión europea y constitucional
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