Artículo 4. Ejercicio de funciones de asistencia jurídica.
Artículo 4 de la Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público. · BOE-A-2016-4174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-13.
Texto consolidado
El ejercicio de las funciones de asistencia jurídica de competencia de la Asesoría Jurídica General corresponde al personal funcionario perteneciente a la escala de letrados de la Xunta de Galicia dependientes de ella.
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