Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
BOE-A-2010-16137 · Boletín Oficial del Estado, 2010-10-23 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 33/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 33/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-10-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 257, 2010-10-23
- Entrada en vigor
- 2010-11-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 64
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-16137
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Promoción de las políticas de juventud.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Principios de actuación.
- Artículo 7. Régimen competencial.
- Artículo 8. Competencias del Gobierno.
- Artículo 9. Funciones del departamento competente en materia de juventud.
- Artículo 10. Funciones de otros departamentos.
- Artículo 11. Funciones del órgano competente en materia de juventud que determine el Gobierno.
- Artículo 12. Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña.
- Artículo 13. Actuaciones complementarias de los municipios en materia de juventud.
- Artículo 14. Asistencia y cooperación de los entes locales supramunicipales a los municipios.
- Artículo 15. Funciones del órgano de los entes locales competente en materia de juventud.
- Artículo 16. Coordinación administrativa.
- Artículo 17. Funciones del órgano de coordinación interdepartamental.
- Artículo 18. Colaboración administrativa.
- Artículo 19. Cooperación con la Unión Europea.
- Artículo 20. Definición, naturaleza y aplicación.
- Artículo 21. Objetivos.
- Artículo 22. Estructura y contenido.
- Artículo 23. Consejo Rector.
- Artículo 24. Elaboración y tramitación.
- Artículo 25. Vigencia, modificación, revisión y evaluación.
- Artículo 26. Desarrollo.
- Artículo 27. Mapa general de instrumentos de ejecución.
- Artículo 28. Vinculación de la actividad de la Administración de la Generalidad con el Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Artículo 29. Estadísticas y estudios de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 30. Funciones de asistencia.
- Artículo 31. Ejecución de las políticas de juventud.
- Artículo 32. Profesionales de las políticas de juventud.
- Artículo 33. Instrumentos de ejecución.
- Artículo 34. Censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Artículo 35. Apoyo público a los servicios y equipamientos juveniles inscritos en el censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Artículo 36. Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 37. Funciones de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 38. Definición y estructuras.
- Artículo 39. Entidades juveniles.
- Artículo 40. Grupos de jóvenes.
- Artículo 41. Censo de entidades juveniles.
- Artículo 42. Formas de participación juvenil.
- Artículo 43. Procesos de participación y consulta.
- Artículo 44. Fomento de la participación juvenil.
- Artículo 45. Fomento del asociacionismo juvenil.
- Artículo 46. Fuentes de financiación.
- Artículo 47. Financiación de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 48. Financiación del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Artículo 49. Financiación del Proyecto Gobierno.
- Artículo 50. Financiación del Proyecto territorio.
- Artículo 51. Financiación del Proyecto joven.
- Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
- Disposición adicional segunda. Régimen especial de Barcelona.
- Disposición adicional tercera. Comparecencias con relación al cumplimiento del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria primera. Oficina de Servicios de Juventud de Arán.
- Disposición transitoria segunda. Futuros planes nacionales de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria tercera. Atribución de funciones de asesoramiento al Observatorio Catalán de la Juventud.
- Disposición transitoria cuarta. Reglamento del Consejo Rector del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria quinta. Orden del Censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud.
- Disposición transitoria sexta. Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Disposición transitoria séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Disposición modificativa. Modificación de la Ley 38/1991.
- Disposición derogatoria. Derogación del Decreto 116/1983.
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. |
| Se modifica | Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales. |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 33/2010?
- Ley 33/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 33/2010?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 33/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.