Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
BOE-A-2010-16137 · Boletín Oficial del Estado, 2010-10-23 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 33/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 33/2010, de 1 de octubre, regula las políticas de juventud en Cataluña, estableciendo un marco normativo y competencial para su desarrollo. Esta ley es aplicable a todos los jóvenes de entre 16 y 29 años empadronados en Cataluña y a las administraciones públicas que implementan políticas en este ámbito desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, destaca la creación del Plan nacional de juventud de Cataluña, que coordina las acciones de diferentes administraciones y establece directrices para fomentar la emancipación y participación juvenil. Además, se establece la Red nacional de emancipación juvenil, que agrupa servicios y equipamientos destinados a facilitar la autonomía de los jóvenes. La ley también reconoce la figura de los profesionales en políticas de juventud, quienes deben recibir formación continua para desempeñar su labor. Por último, se promueve la participación activa de los jóvenes en la toma de decisiones que les afectan, garantizando su acceso a recursos y oportunidades. Esta ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 33/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-10-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 257, 2010-10-23
- Entrada en vigor
- 2010-11-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 64
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-16137
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Promoción de las políticas de juventud.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Principios de actuación.
- Artículo 7. Régimen competencial.
- Artículo 8. Competencias del Gobierno.
- Artículo 9. Funciones del departamento competente en materia de juventud.
- Artículo 10. Funciones de otros departamentos.
- Artículo 11. Funciones del órgano competente en materia de juventud que determine el Gobierno.
- Artículo 12. Consejo Nacional de la Juventud de Cataluña.
- Artículo 13. Actuaciones complementarias de los municipios en materia de juventud.
- Artículo 14. Asistencia y cooperación de los entes locales supramunicipales a los municipios.
- Artículo 15. Funciones del órgano de los entes locales competente en materia de juventud.
- Artículo 16. Coordinación administrativa.
- Artículo 17. Funciones del órgano de coordinación interdepartamental.
- Artículo 18. Colaboración administrativa.
- Artículo 19. Cooperación con la Unión Europea.
- Artículo 20. Definición, naturaleza y aplicación.
- Artículo 21. Objetivos.
- Artículo 22. Estructura y contenido.
- Artículo 23. Consejo Rector.
- Artículo 24. Elaboración y tramitación.
- Artículo 25. Vigencia, modificación, revisión y evaluación.
- Artículo 26. Desarrollo.
- Artículo 27. Mapa general de instrumentos de ejecución.
- Artículo 28. Vinculación de la actividad de la Administración de la Generalidad con el Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Artículo 29. Estadísticas y estudios de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 30. Funciones de asistencia.
- Artículo 31. Ejecución de las políticas de juventud.
- Artículo 32. Profesionales de las políticas de juventud.
- Artículo 33. Instrumentos de ejecución.
- Artículo 34. Censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Artículo 35. Apoyo público a los servicios y equipamientos juveniles inscritos en el censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Artículo 36. Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 37. Funciones de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 38. Definición y estructuras.
- Artículo 39. Entidades juveniles.
- Artículo 40. Grupos de jóvenes.
- Artículo 41. Censo de entidades juveniles.
- Artículo 42. Formas de participación juvenil.
- Artículo 43. Procesos de participación y consulta.
- Artículo 44. Fomento de la participación juvenil.
- Artículo 45. Fomento del asociacionismo juvenil.
- Artículo 46. Fuentes de financiación.
- Artículo 47. Financiación de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Artículo 48. Financiación del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Artículo 49. Financiación del Proyecto Gobierno.
- Artículo 50. Financiación del Proyecto territorio.
- Artículo 51. Financiación del Proyecto joven.
- Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
- Disposición adicional segunda. Régimen especial de Barcelona.
- Disposición adicional tercera. Comparecencias con relación al cumplimiento del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria primera. Oficina de Servicios de Juventud de Arán.
- Disposición transitoria segunda. Futuros planes nacionales de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria tercera. Atribución de funciones de asesoramiento al Observatorio Catalán de la Juventud.
- Disposición transitoria cuarta. Reglamento del Consejo Rector del Plan nacional de juventud de Cataluña.
- Disposición transitoria quinta. Orden del Censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud.
- Disposición transitoria sexta. Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles.
- Disposición transitoria séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
- Disposición modificativa. Modificación de la Ley 38/1991.
- Disposición derogatoria. Derogación del Decreto 116/1983.
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. |
| Se modifica | Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales. |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 33/2010?
- Ley 33/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 33/2010?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 33/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.