Disposición adicional primera. Régimen especial de Arán.
Disposición adicional primera de la Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud. · BOE-A-2010-16137
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-08.
Texto consolidado
De acuerdo con el reconocimiento especial de Arán por parte del Estatuto de autonomía y la Ley sobre el régimen especial de Arán, las disposiciones contenidas en la presente ley y las normas reglamentarias que la desarrollen son de aplicación en Arán, sin perjuicio de la transferencia de competencias y servicios de la Generalidad al Conselh Generau en materia de juventud establecida por el Decreto 292/1997, de 11 de noviembre, de transferencia de competencias y servicios de la Generalidad al Consejo General de Arán en materia de juventud.