Artículo 40. Grupos de jóvenes.
Artículo 40 de la Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud. · BOE-A-2010-16137
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-08.
Texto consolidado
Los grupos de jóvenes son colectivos sin personalidad jurídica propia formados por personas jóvenes o por asociaciones juveniles.