Disposición transitoria segunda. Futuros planes nacionales de juventud de Cataluña.
Disposición transitoria segunda de la Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud. · BOE-A-2010-16137
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-08.
Texto consolidado
Las prescripciones contenidas en la sección primera del capítulo II deben aplicarse a los planes nacionales de juventud de Cataluña que empiecen a tramitarse a partir de la entrada en vigor de la presente ley.