Ley 1/2007, de 12 de febrero, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
BOE-A-2007-4944 · Boletín Oficial del Estado, 2007-03-09 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 1/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-02-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 59, 2007-03-09
- Entrada en vigor
- 2007-03-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 62
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-4944
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y concepto.
- Artículo 2. Normas reguladoras.
- Artículo 3. Fines y beneficiarios.
- Artículo 4. Personalidad jurídica.
- Artículo 5. Domicilio.
- Artículo 6. Denominación.
- Artículo 7. Capacidad para fundar.
- Artículo 8. Formas de constitución.
- Artículo 9. Escritura de constitución y estatutos.
- Artículo 10. Dotación.
- Artículo 11. Fundación en proceso de formación.
- Artículo 12. Patronato.
- Artículo 13. Composición del patronato.
- Artículo 14. Estructura y organización del patronato.
- Artículo 15. Aceptación y renuncia de los cargos del patronato.
- Artículo 16. Gastos del patronato y gratuidad de los cargos en el mismo.
- Artículo 17. Delegaciones y apoderamientos.
- Artículo 18. Sustitución y suspensión de los patronos.
- Artículo 19. Cese de los patronos.
- Artículo 20. Obligaciones de los patronos.
- Artículo 21. Responsabilidad de los patronos.
- Artículo 22. Gerencia.
- Artículo 23. Adopción de acuerdos.
- Artículo 24. Actas.
- Artículo 25. Titularidad de bienes y derechos.
- Artículo 26. Naturaleza de los bienes y derechos que forman el patrimonio.
- Artículo 27. Enajenación y gravamen.
- Artículo 28. Herencias y donaciones.
- Artículo 29. Principios de actuación.
- Artículo 30. Obtención de ingresos.
- Artículo 31. Actividades mercantiles e industriales.
- Artículo 32. Financiación de las actividades.
- Artículo 33. Régimen administrativo, financiero y contable. Auditorías.
- Artículo 34. Destino de rentas e ingresos.
- Artículo 35. Autocontratación.
- Artículo 36. Modificación de los estatutos.
- Artículo 37. Fusión.
- Artículo 38. Causas de extinción.
- Artículo 39. Formas de extinción.
- Artículo 40. Liquidación.
- Artículo 41. El Protectorado.
- Artículo 42. Funciones de apoyo y asesoramiento.
- Artículo 43. Funciones en relación con el proceso de constitución.
- Artículo 44. Funciones en relación con el patronato.
- Artículo 45. Funciones en relación con el patrimonio de la fundación.
- Artículo 46. Funciones relativas al cumplimiento de fines.
- Artículo 47. Funciones en relación con la modificación, fusión y extinción de las fundaciones.
- Artículo 48. Funciones en relación con el ejercicio de las acciones legalmente previstas.
- Artículo 49. Intervención temporal.
- Artículo 50. Régimen jurídico de los actos del Protectorado.
- Artículo 51. Recursos jurisdiccionales.
- Artículo 52. Registro de fundaciones.
- Artículo 53. Principios registrales.
- Artículo 54. Funciones.
- Artículo 55. Calificación y régimen jurídico de los actos del Registro.
- Artículo 56. Obligatoriedad de la inscripción.
- Disposición adicional primera. Fundaciones preexistentes.
- Disposición adicional segunda. Conformidad con la normativa estatal de aplicación general en materia de fundaciones.
- Disposición adicional tercera. Fundaciones de carácter especial.
- Disposición transitoria única. Adaptación de los estatutos de las fundaciones preexistentes a esta Ley.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2007?
- Ley 1/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2007?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.