Decreto-ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.
BOIB-i-2012-90028 · Boletín Oficial de las Islas Baleares, 2012-06-01 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Decreto-ley 5/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-03.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 5/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-06-01
- Publicación
- Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 79, 2012-06-01
- Entrada en vigor
- 2012-06-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-11-03
- Artículos
- 56
- Identificador BOE
- BOIB-i-2012-90028
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
La grave y complicada situación económica internacional, española y de las Illes Balears ha provocado variaciones en las previsiones de crecimiento de nuestra economía, a lo que hay que añadir unos objetivos de déficit público muy estrictos para todas las comunidades autónomas, fijados inicialmente en un 1,5 % para el año 2012 y en un 1,1 % para el año 2013 —porcentaje, este último, que se reduce al 0,5 % en el Programa de Estabilidad Presupuestaria del Reino de España presentado recientemente por el Estado español ante la Unión Europea—, que requieren adoptar medidas adicionales de control del gasto público, para conseguir la estabilidad presupuestaria exigida por la normativa vigente, en el marco constitucional y comunitario.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Jornada de trabajo.
- Artículo 4. Horarios general y especiales de trabajo.
- Artículo 5. Medidas de control del cumplimiento de la jornada y el horario de trabajo.
- Artículo 6. Suspensión de la concesión de los complementos retributivos ligados a productividad y rendimiento y a la realización de servicios extraordinarios fuera de la jornada…
- Artículo 7. Complemento económico de la prestación por incapacidad temporal.
- Artículo 8. Suspensión de determinadas prestaciones de acción social.(*)
- Artículo 9. Suspensión de la prolongación de la permanencia en el servicio activo.
- Artículo 10. Vacaciones.
- Artículo 11. Permisos.
- Artículo 12. Reducción voluntaria de jornada.
- Artículo 13. Suspensión de los conceptos retributivos relativos a la carrera profesional del personal funcionario y laboral.
- Artículo 14. Suspensión de los conceptos retributivos relativos a la homogeneización de los complementos específicos del personal funcionario y laboral.
- Artículo 15. Excedencia voluntaria especial.
- Artículo 16. Licencia especial para asuntos propios.
- Artículo 17. Suspensión temporal del pago de determinados complementos retributivos.
- Artículo 18. Extensión de los nombramientos de personal funcionario interino docente.
- Artículo 19. Jornada del personal docente de los centros públicos.
- Artículo 20. Ratios de alumnos por aula.
- Artículo 21. Sustitución del personal docente.
- Artículo 22. Excedencia voluntaria especial.
- Artículo 23. Elaboración de la relación de puestos de trabajo.
- Artículo 24. Reducción temporal de la cuantía de un concepto retributivo y suspensión de los acuerdos relativos a la carrera profesional del personal al servicio de la sanidad p…
- Artículo 25. Plantilla del personal estatutario y vinculación presupuestaria.
- Artículo 26. Límites retributivos y de condiciones de trabajo del personal del sector público instrumental.
- Artículo 27. Comisión Paritaria del Sector Público Instrumental.
- Artículo 28. Normas específicas aplicables a los órganos unipersonales y al personal directivo profesional.
- Artículo 29. Relaciones de puestos de trabajo del personal laboral del sector público instrumental.
- Disposición adicional primera. Reordenación de los centros de formación del profesorado.
- Disposición adicional segunda. Financiación de las sustituciones del profesorado en el ámbito de la enseñanza privada sostenido total o parcialmente con fondos públicos.
- Disposición adicional tercera. Financiación de las prolongaciones del servicio activo en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.
- Disposición adicional cuarta. Financiación del complemento de las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal por contingencias comunes en el ámbito de la enseñ…
- Disposición adicional quinta. Sector público instrumental.
- Disposición adicional sexta. Aplicación del Decreto Ley a los órganos estatutarios.
- Disposición adicional séptima. Personal de la Universidad de las Illes Balears.
- Disposición adicional octava. Consejos insulares y administraciones locales de las Illes Balears.
- Disposición adicional novena. Suspensión de convenios, pactos y acuerdos.
- Disposición adicional décima. Conciertos educativos.
- Disposición adicional undécima. Comisión de seguimiento de las medidas.
- Disposición adicional duodécima. Cese de los miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears.
- Disposición adicional decimotercera. Referencias temporales.
- Disposición adicional decimocuarta. Denominaciones.
- Disposición adicional decimoquinta. Financiación de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con f…
- Disposición adicional decimosexta.
- Disposición adicional decimoséptima. Reducción voluntaria del complemento específico.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de determinados procedimientos y medidas.
- Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Escolar de las Illes Balears.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas e ineficacia de acuerdos.
- Disposición final primera. Modificaciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Disposición final segunda. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 112/2001, de 7 de septiembre.
- Disposición final tercera. Modificación de la Orden de día 27 de enero de 2009, de la consejera de Educación y Cultura, por la que se regula la estructura y el funcionamiento de…
- Disposición final cuarta. Normas de desarrollo.
- Disposición final quinta. Deslegalización.
- Disposición final sexta. Reglas sobre vigencia.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 5/2012?
- Decreto-ley 5/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-03.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 5/2012?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 5/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.