Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
BOE-A-2023-16889 · Boletín Oficial del Estado, 2023-07-22 · Ministerio de Educación y Formación Profesional
Real Decreto 659/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-10.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 659/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-07-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 174, 2023-07-22
- Entrada en vigor
- 2023-07-23
- Departamento
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-10
- Artículos
- 272
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-16889
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional ha concretado la necesidad de reinventar el modelo de Formación Profesional para dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía, a lo largo de toda su vida laboral, así como a las de la realidad productiva. Se evita así poner en riesgo objetivos fundamentales para el siglo XXI, ya que el fuerte cambio tecnológico y económico al que estamos sometidos exige una adecuada cualificación y flexibilidad del capital humano para adaptarse a las circunstancias cambiantes de la economía y de la tecnología.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidades del Sistema de Formación Profesional.
- Artículo 3. Función y objetivos generales del Sistema de Formación Profesional.
- Artículo 4. Grados.
- Artículo 5. Establecimiento, actualización y supresión de ofertas formativas.
- Artículo 6. Currículos, módulos y bloques formativos.
- Artículo 7. Competencias en materia de currículo.
- Artículo 8. Currículo: Función, actualización y publicación.
- Artículo 9. Currículo y fase de formación en empresa u organismo equiparado.
- Artículo 10. Autonomía de los centros.
- Artículo 11. Características del módulo profesional.
- Artículo 12. Tipos y estructura de los módulos profesionales.
- Artículo 13. Principios pedagógicos.
- Artículo 14. Tutoría y orientación.
- Artículo 15. Atención a las diferencias individuales.
- Artículo 16. Derecho a una evaluación objetiva.
- Artículo 17. Derecho a la información sobre el proceso de formación personal.
- Artículo 18. Aspectos comunes sobre evaluación y calificación.
- Artículo 19. Documentos de evaluación.
- Artículo 20. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
- Artículo 21. Competencias de planificación y programación.
- Artículo 22. Programación de la oferta.
- Artículo 23. Coordinación de la oferta.
- Artículo 24. Reglas generales.
- Artículo 25. Condiciones y requisitos básicos para el desarrollo de las modalidades presencial, semipresencial y virtual de la formación profesional.
- Artículo 26. Promoción de la modalidades semipresencial y virtual de formación profesional.
- Artículo 27. Aspectos específicos de la evaluación en las modalidades semipresencial y virtual.
- Artículo 28. Modalidad de oferta modular.
- Artículo 29. Promoción de la modalidad modular de formación profesional.
- Artículo 30. Destinatarios.
- Artículo 31. Formato de las ofertas en modalidad modular.
- Artículo 32. Finalidad.
- Artículo 33. Destinatarios.
- Artículo 34. Objetivos.
- Artículo 35. Carácter y autorización de las ofertas.
- Artículo 36. Evaluación.
- Artículo 37. Ofertas.
- Artículo 38. Participación de la administración local y otras administraciones y organizaciones.
- Artículo 39. Formación vinculada a la autorización de residencia.
- Artículo 40. Objetivo.
- Artículo 41. Carácter de la modalidad.
- Artículo 42. Financiación.
- Artículo 43. Objetivo.
- Artículo 44. Articulación de la modalidad.
- Artículo 45. Financiación.
- Artículo 46. Objetivo.
- Artículo 47. Carácter e identificación de la modalidad.
- Artículo 48. Articulación de la modalidad.
- Artículo 49. Efectos de los programas formativos.
- Artículo 50. Objetivo.
- Artículo 51. Requisitos y articulación.
- Artículo 52. Financiación.
- Artículo 53. Ordenación.
- Artículo 54. Currículo, duración y acceso.
- Artículo 55. Flexibilidad de la oferta de Grado A.
- Artículo 56. Planificación y programación de ofertas de Grado A.
- Artículo 57. Evaluación y titulación.
- Artículo 58. Ordenación.
- Artículo 59. Currículo.
- Artículo 60. Programación del centro.
- Artículo 61. Acceso.
- Artículo 62. Planificación y programación de la oferta.
- Artículo 63. Evaluación de la formación.
- Artículo 64. Titulación y efectos.
- Artículo 65. Vías de obtención del Grado B de formación profesional.
- Artículo 66. Expedición de los Certificados de competencia.
- Artículo 67. Ordenación.
- Artículo 68. Currículo.
- Artículo 69. Flexibilidad de la oferta de Grado C.
- Artículo 70. Formación en empresa.
- Artículo 71. Formación en empresa u organismo equiparado en régimen general.
- Artículo 72. Estancia en empresa u organismo equiparado en régimen intensivo.
- Artículo 73. Exención de la estancia en empresa.
- Artículo 74. Repetición de la formación.
- Artículo 75. Acceso.
- Artículo 76. Pruebas de acceso.
- Artículo 77. Planificación y programación de la oferta.
- Artículo 78. Evaluación de la formación.
- Artículo 79. Titulación y efectos.
- Artículo 80. Vías de obtención del Grado C de formación profesional.
- Artículo 81. Expedición de los certificados profesionales.
- Artículo 82. Ordenación.
- Artículo 83. Aspectos básicos del currículo.
- Artículo 84. Dobles titulaciones.
- Artículo 85. Organización.
- Artículo 86. Duración.
- Artículo 87. Currículo.
- Artículo 88. Formación en empresa u organismo equiparado.
- Artículo 89. Perfil de destinatarios.
- Artículo 90. Acceso.
- Artículo 91. Ofertas específicas.
- Artículo 92. Criterios pedagógicos.
- Artículo 93. Evaluación.
- Artículo 94. Titulación.
- Artículo 95. Ordenación.
- Artículo 96. Estructura.
- Artículo 97. Módulos profesionales de la parte troncal del currículo.
- Artículo 98. Módulos de Itinerario personal para la empleabilidad I y II.
- Artículo 99. Módulo de Digitalización aplicada al sistema productivo.
- Artículo 100. Módulo de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
- Artículo 101. Módulo de Inglés profesional.
- Artículo 102. Optatividad del currículo de los ciclos formativos de grado medio y superior.
- Artículo 103. Duración.
- Artículo 104. Concreción del currículo.
- Artículo 105. Desarrollo e impartición del currículo.
- Artículo 106. Formación en empresa u organismo equiparado.
- Artículo 107. Evaluación y permanencia.
- Artículo 108. Acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Artículo 109. Curso de formación preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio.
- Artículo 110. Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Artículo 111. Admisión en ciclos formativos de grado medio.
- Artículo 112. Acceso a ciclos formativos de grado superior.
- Artículo 113. Curso de formación preparatorio para acceder a un ciclo formativo de grado superior.
- Artículo 114. Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior.
- Artículo 115. Admisión a ciclos formativos de grado superior.
- Artículo 116. Aspectos básicos del currículo.
- Artículo 117. Concreción del currículo de cursos de especialización.
- Artículo 118. Oferta de cursos de especialización.
- Artículo 119. Organización y duración.
- Artículo 120. Acceso y admisión a cursos de especialización de grado medio.
Normas que la modifican o afectan (15)
Normas a las que afecta (10)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 659/2023?
- Real Decreto 659/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-10.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 659/2023?
- El BOE registra 15 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 659/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.