Real Decreto 1684/1997, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General de Formación Profesional.
BOE-A-1997-24617 · Boletín Oficial del Estado, 1997-11-18 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1684/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1684/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-11-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 276, 1997-11-18
- Entrada en vigor
- 1997-11-19
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-24617
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Desde la creación del Consejo General de Formación Profesional por la Ley 1/1986, de 7 de enero, se han producido una serie de transferencias en la materia a las Comunidades Autónomas que tienen atribuida la correspondiente competencia en virtud de las previsiones constitucionales y estatutarias.
Por ello, procedía modificar la composición del Consejo dando entrada a los representantes de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, lo que ha sido llevado a cabo por la nueva Ley 19/1997, de 9 de junio.
Así pues, el nuevo Consejo General de la Formación Profesional se configura como un órgano consultivo de carácter tripartito y de participación de las organizaciones empresariales y sindicales y de las Administraciones públicas y, además, como un órgano de asesoramiento del Gobierno en materia de formación profesional.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Funciones.
- Artículo 3. Composición.
- Artículo 4. El Presidente.
- Artículo 5. Competencias del Presidente.
- Artículo 6. Los Vicepresidentes.
- Artículo 7. Competencias de los Vicepresidentes.
- Artículo 8. Los Vocales.
- Artículo 9. Competencia de los Vocales.
- Artículo 10. Suplencias.
- Artículo 11. Compensaciones.
- Artículo 12. Renovación.
- Artículo 13. El Secretario general.
- Artículo 14. Competencias.
- Artículo 15. Funcionamiento.
- Artículo 16. El Pleno.
- Artículo 17. La Comisión Permanente.
- Artículo 17 bis. Comisión Estatal Estratégica de la Formación Profesional.
- Artículo 18. Presidencia de la Comisión Permanente.
- Artículo 19. Funciones de la Comisión Permanente.
- Artículo 20. Comisiones de trabajo.
- Artículo 21. Convocatorias.
- Artículo 22. Constitución y régimen de acuerdos.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1684/1997?
- Real Decreto 1684/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1684/1997?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1684/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.