Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 1684/1997, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General de Formación Profesional. · BOE-A-1997-24617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-19.
Texto consolidado
Se autoriza a los Ministros de Educación y Cultura y de Trabajo y Asuntos Sociales, previo informe del Consejo General de Formación Profesional, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto.