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Real Decreto Vigente

Artículo 116. Aspectos básicos del currículo.

Artículo 116 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. · BOE-A-2023-16889

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-23.

Texto consolidado

1. De acuerdo con la competencia a que hace referencia el artículo 5, corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la aprobación de propuestas de ofertas de Grado E y la definición de los currículos.

2. Las disposiciones estatales que establezcan un curso de especialización de formación profesional deberán tener, como mínimo, el siguiente contenido:

a) Identificación del curso de especialización, indicando: denominación; nivel en el Sistema de Formación Profesional y en el sistema educativo; duración; familia o familias profesionales a las que queda adscrito; titulaciones que dan acceso; nivel en el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje permanente y sus correspondencias con los marcos europeos; y créditos ECTS, en caso de cursos de especialización de grado superior.

b) Perfil profesional, especificando: Competencia general, competencias profesionales y para la empleabilidad, y relación, de no tener por objeto una profundización en los asociados a los ciclos formativos exigidos para el acceso, de estándares de competencia del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales incluidos.

c) Diseño curricular básico: Módulos profesionales, en los términos previstos en la presente disposición.

d) Entorno profesional, incluyendo, entre otros extremos, las ocupaciones y puestos de trabajo asociados.

e) Parámetros básicos de contexto formativo, concretando: los espacios y los equipamientos mínimos, así como las titulaciones y especialidades del profesorado y personas expertas del sector productivo u otros perfiles colaboradores.

f) Correspondencia, en su caso y para su acreditación, de los módulos profesionales con los estándares de competencia.

g) Información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional, en su caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-23.

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