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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 73. Exención de la estancia en empresa.

Artículo 73 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. · BOE-A-2023-16889

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-11.

Texto consolidado

Podrán quedar exentos del periodo de formación en empresa quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con la formación cursada. Será la administración competente, a instancia del centro de formación, quien decida la exención en los términos previstos en el artículo 131.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-14079.

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