Artículo 37. Ofertas.
Artículo 37 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. · BOE-A-2023-16889
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-23.
Texto consolidado
Las administraciones competentes podrán efectuar ofertas específicas de formación profesional en esta modalidad, dirigidas, con fines de cualificación profesional e integración social, a los siguientes destinatarios:
a) Personas mayores de dieciséis años sin cualificación e incorporadas a la vida laboral o que hayan abandonado el sistema educativo, para permitirles la obtención de un certificado profesional o un título de formación profesional.
b) Personas mayores de dieciséis años que no hayan desarrollado su historia escolar en el sistema educativo español, y que tengan dificultades para incorporarse al mismo.
c) Personas o grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo o en riesgo de exclusión social.