Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.
BOE-A-2008-3526 · Boletín Oficial del Estado, 2008-02-25 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 229/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-15.
Resumen
Esta norma regula la creación y funcionamiento de los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional en España. Aplica a todos los centros públicos que deseen ser calificados como tales y se implementa desde su publicación en el BOE el 16 de febrero de 2008.
Los puntos clave de esta normativa incluyen: la obligación de estos centros de realizar acciones de innovación y experimentación en formación profesional, adaptándose a las necesidades del mercado laboral; la necesidad de colaborar con las comunidades autónomas y otros organismos para asegurar una formación de calidad; y la responsabilidad de observar y analizar la evolución de los sectores productivos para actualizar la oferta formativa. Además, se establece que al menos un Centro de Referencia Nacional debe existir en cada comunidad autónoma, garantizando así la cobertura en todas las familias profesionales.
Esta norma no está derogada y sigue vigente, formando parte del marco regulador de la formación profesional en España.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 229/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-02-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 48, 2008-02-25
- Entrada en vigor
- 2008-02-26
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-10-15
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-3526
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Consejo Europeo de Lisboa de 2000, destacó el conocimiento y la innovación como los motores del progreso económico, incluyendo el crecimiento del empleo. En esta línea, se ha defendido la educación y el capital humano como factores básicos para el crecimiento económico y se establece como objetivo primordial de los países de la Unión Europea la necesidad de mejorar la calidad, la equidad y la eficacia de los sistemas de educación y formación.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto «la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas».
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definición.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Creación, calificación y titularidad.
- Artículo 6. Condiciones.
- Artículo 7. Funcionamiento.
- Artículo 8. Financiación.
- Artículo 9. Organización.
- Disposición adicional única. Centros Integrados de Formación Profesional.
- Disposición transitoria única. Centros Nacionales de Formación Profesional Ocupacional.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 229/2008?
- Real Decreto 229/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-15.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 229/2008?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 229/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.