Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional. · BOE-A-2008-3526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-26.
Texto consolidado
1. El presente real decreto tiene por objeto desarrollar, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, la regulación de los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional y de la Red de Centros de Referencia Nacional.
2. La colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica, para todo lo previsto en este real decreto, se articulará a través de convenios de colaboración.