Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
BOE-A-1970-1066 · Boletín Oficial del Estado, 1970-09-30 · Ministerio de Trabajo
BOE-A-1970-1066 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1970-09-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 234, 1970-09-30
- Entrada en vigor
- 1970-10-01
- Departamento
- Ministerio de Trabajo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-12
- Artículos
- 141
- Identificador BOE
- BOE-A-1970-1066
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Ilustrísimos señores:
El Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, previsto en el apartado c) del número 2 del artículo 10 de la Ley de la Seguridad Social, de 21 de abril de 1966, ha sido regulado por el Decreto 2530/1970, de 20 de agosto.
Dicho Decreto señala en su artículo primero que el aludido Régimen Especial se regirá por el título I de la Ley de la Seguridad Social, el propio Decreto y sus disposiciones de aplicación y desarrollo, así como por las restantes normas generales de obligada observancia en el sistema de la Seguridad Social.
Índice del articulado
- Art. 1. Concepto de trabajador por cuenta propia o autónomo.
- Art. 2. Sujetos incluidos.
- Art. 3. Súbditos de otros países.
- Art. 4. Exclusiones.
- Art. 5. Obligatoriedad.
- Art. 6. Personas obligadas.
- Art. 7. Pluriactividad.
- Art. 8. Procedimientos.
- Art. 9. Competencia.
- Art. 10. Nacimiento de la obligación de solicitar la afiliación y el alta.
- Art. 11. Plazo.
- Art. 12. Documentación.
- Art. 13. Facultad revisora.
- Art. 14. Presentación o envío a las Entidades Gestoras.
- Art. 15. Efectos.
- Art. 16. Tramitación de las afiliaciones ante el Instituto Nacional de Previsión.
- Art. 17. Plazo y procedimiento.
- Art. 18. Efectos de las bajas.
- Art. 19. Obligatoriedad.
- Art. 20. Sujetos obligados.
- Art. 21. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar.
- Art. 22. Tipo de cotización.
- Art. 23. Bases de cotización.
- Art. 24. Elección de base.
- Art. 25. Límite a la elección de base.
- Art. 26. Cambios posteriores de base.
- Art. 27. Prescripción.
- Art. 28. Prelación de créditos.
- Art. 29. Competencia.
- Art. 30. Sujetos responsables.
- Art. 31. Liquidación en períodos mensuales.
- Art. 32. Liquidación en otros períodos.
- Art. 33. Bonificación.
- Art. 34. Recargo por ingreso fuera de plazo.
- Art. 35. Condonación del recargo.
- Art. 36. Lugar de ingreso.
- Art. 37. Forma de efectuar la liquidación e ingreso.
- Art. 38. Justificantes de liquidación e ingreso.
- Art. 39. Actuación de las oficinas recaudadoras.
- Art. 40. Norma general.
- Art. 41. Formalización de la solicitud.
- Art. 42. Tramitación y resolución.
- Art. 43. Notificación y garantías.
- Art. 44. Cumplimiento.
- Art. 45. Normas generales.
- Art. 46. Norma general.
- Art. 47. Norma general.
- Art. 48. Petición.
- Art. 49. Devolución de oficio.
- Art. 50. Compensación.
- Art. 51. Devoluciones improcedentes y de cantidades computadas a efectos de prestaciones.
- Art. 52. Caducidad.
- Art. 53. Norma general.
- Art. 54. Obligación de las Entidades Gestoras.
- Art. 55. Derecho de información.
- Art. 56. Alcance de la acción protectora.
- Art. 57. Condiciones del derecho a las prestaciones.
- Art. 58. Períodos mínimos de cotización.
- Art. 59. Base reguladora.
- Art. 60. Prescripción.
- Art. 61. Devengo.
- Art. 62. Pago.
- Art. 63. Caducidad.
- Art. 64. Reintegro de prestaciones indebidas.
- Art. 65. Caracteres de las prestaciones.
- Art. 66. Incompatibilidades.
- Art. 67. Cómputo de períodos de cotización a distintos Regímenes de la Seguridad Social.
- Art. 68. Reconocimiento del derecho a las prestaciones.
- Art. 69. Situaciones asimiladas a la de alta.
- Art. 70. Incorporación a filas para el cumplimiento del servicio militar.
- Art. 71. Convenio especial.
- Art. 72. Inactividad entre trabajos de temporada.
- Art. 73. Suspensión de actividades por enfermedad.
- Art. 74. Situación protegida y conceptos,
- Art. 75. Beneficiarios.
- Art. 76. Hecho causante.
- Art. 77. Prestaciones económicas por incapacidad permanente total.
- Art. 78. Prestaciones económicas por incapacidad permanente absoluta.
- Art. 79. Prestaciones económicas por gran invalidez.
- Art. 80. Extinción.
- Art. 81. Denegación, Anulación y suspensión del derecho a las prestaciones económicas.
- Art. 82. Compatibilidad.
- Art. 83. Prestaciones recuperadoras.
- Art. 84. Declaración.
- Art. 85. Supuestos, causas y solicitantes de la revisión de incapacidad.
- Art. 86. Plazos para solicitar la revisión.
- Art. 87. Consecuencias de la revisión.
- Art. 88. Concepto.
- Art. 89. Beneficiarios.
- Art. 90. Hecho causante.
- Art. 91. Cuantía de la pensión.
- Art. 92. Imprescriptibilidad,
- Art. 93. Incompatibilidad.
- Art. 94. Realización de trabajos por el pensionista de vejez.
- Art. 95. Extinción.
- Art. 96. Prestaciones.
- Art. 97. Sujetos causantes.
- Art. 98. Hecho causante.
- Art. 99. Subsidio de defunción, pensión de orfandad y pensión o subsidio temporal en favor de familiares.
- Art. 100. Beneficiarios de la pensión de viudedad.
- Art. 101. Cuantía de la pensión de viudedad.
- Art. 102. Compatibilidad de la pensión por viudedad.
- Art. 103. Extinción de la pensión de viudedad.
- Art. 104. Prestaciones.
- Art. 105. Beneficiarios.
- Art. 106. Hecho causante.
- Art. 107. Hijos cuyo nacimiento da derecho a la asignación.
- Art. 108. Cuantía.
- Art. 109. Incompatibilidad.
- Art. 110. Concepto.
- Art. 111. Beneficiarios.
- Art. 112. Hecho causante.
- Art. 113. Condición especial, unicidad y derecho de resarcimiento.
- Art. 114. Intervenciones quirúrgicas que dan derecho a la prestación y cuantía de ésta.
- Art. 115. Objeto.
- Art. 116. Beneficiarios.
- Art. 117. Contenido de la prestación.
- Art. 118. Prestación de la asistencia sanitaria.
- Art. 119. Concepto.
- Art. 120. Beneficiarios.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (12)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1970-1066?
- BOE-A-1970-1066 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1970-1066?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1970-1066?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.