El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Art. 64. Reintegro de prestaciones indebidas.

Art 64 de la Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. · BOE-A-1970-1066

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-10-20.

Texto consolidado

1. Los trabajadores y las demás personas que hayan percibido indebidamente prestaciones de este Régimen Especial de la Seguridad Social vendrán obligados a reintegrar su importe.

2. Quienes por acción u omisión, y salvo buena fe probada, hayan contribuido a hacer posible la percepción indebida de una prestación, responderán subsidiariamente con los preceptores de la obligación de reintegrar que se establece en el número anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-10-20.

Más artículos de BOE-A-1970-1066

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1970-1066 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.