El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Art. 63. Caducidad.

Art 63 de la Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. · BOE-A-1970-1066

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-10-20.

Texto consolidado

1. El derecho al percibo de las prestaciones a tanto alzado y por una sola vez caducará al año, a contar desde el día siguiente al de haber sido notificada en forma al interesado su concesión.

2. Cuando se trate de prestaciones periódicas, el derecho al percibo de cada mensualidad caducará al año de su respectivo vencimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-10-20.

Más artículos de BOE-A-1970-1066

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1970-1066 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.