Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de Ordenación Farmacéutica de las Islas Baleares.
BOE-A-1998-28819 · Boletín Oficial del Estado, 1998-12-15 · Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Ley 7/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 7/1998, de 12 de noviembre, regula la ordenación farmacéutica en las Islas Baleares, estableciendo un marco para la atención farmacéutica en el ámbito territorial de esta comunidad autónoma. Aplica a todos los establecimientos y servicios relacionados con la farmacéutica en las Islas Baleares desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave, la ley establece que las oficinas de farmacia son consideradas establecimientos sanitarios de interés público y deben contar con la presencia de un farmacéutico responsable durante su horario de atención. Además, se requiere autorización administrativa para la apertura, modificación o cierre de estas oficinas, y se establece un sistema de planificación farmacéutica que asegura un acceso adecuado a los medicamentos, considerando la población flotante en zonas turísticas. La ley también regula la creación de botiquines en poblaciones sin farmacia y establece un régimen sancionador para las infracciones a sus disposiciones.
Esta ley no está derogada y sigue vigente, formando parte del marco normativo que regula la atención farmacéutica en las Islas Baleares.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-11-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 299, 1998-12-15
- Entrada en vigor
- 1998-11-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 89
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-28819
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Islas Baleares ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley de Ordenación Farmacéutica de las Islas Baleares.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 51.
- Artículo 52.
- Artículo 52 bis.
- Artículo 53.
- Artículo 54.
- Artículo 55.
- Artículo 56.
- Artículo 57.
- Artículo 58.
- Artículo 59.
- Artículo 60.
- Artículo 61.
- Artículo 62.
- Artículo 63.
- Artículo 64.
- Artículo 65.
- Artículo 66.
- Artículo 67.
- Artículo 68.
- Artículo 69.
- Artículo 70.
- Artículo 71.
- Artículo 72.
- Artículo 73.
- Artículo 74.
- Artículo 75.
- Artículo 76.
- Artículo 77.
- Artículo 78.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (14)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983 de 25 de febrero |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/1998?
- Ley 7/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/1998?
- El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.