Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.
BOE-A-2014-9901 · Boletín Oficial del Estado, 2014-10-01 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 6/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 238, 2014-10-01
- Entrada en vigor
- 2014-09-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 102
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-9901
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito.
- Artículo 2. Configuración del sistema educativo canario.
- Artículo 3. Principios rectores.
- Artículo 4. Características del sistema educativo canario.
- Artículo 5. Finalidad y objetivos del sistema educativo canario.
- Artículo 6. La comunidad educativa canaria.
- Artículo 7. El alumnado.
- Artículo 8. El profesorado.
- Artículo 9. Las familias.
- Artículo 10. El personal no docente.
- Artículo 11. Participación social y gestión pública.
- Artículo 12. Corresponsabilidad social y compromisos educativos.
- Artículo 13. La administración educativa.
- Artículo 14. Funciones de la administración educativa canaria.
- Artículo 15. Las administraciones locales.
- Artículo 16. Cooperación con los medios de comunicación social.
- Artículo 17. Los centros educativos.
- Artículo 18. El Servicio de Inspección Educativa.
- Artículo 19. Los servicios de apoyo a los centros educativos.
- Artículo 20. Los servicios educativos complementarios.
- Artículo 21. El sistema de becas y ayudas al estudio.
- Artículo 22. Cooperación intercentros.
- Artículo 23.–Programas y proyectos educativos específicos.
- Artículo 24. Espacios educativos virtuales y nuevos entornos para el aprendizaje y la comunicación.
- Artículo 25. El aprendizaje a lo largo de la vida.
- Artículo 26. La educación formal, no formal y los aprendizajes que tienen lugar en contextos informales.
- Artículo 27. El currículo.
- Artículo 28. Las enseñanzas del sistema educativo no universitario.
- Artículo 29. La educación infantil.
- Artículo 30. La educación primaria.
- Artículo 31. La educación secundaria obligatoria.
- Artículo 32. El bachillerato.
- Artículo 33. La formación profesional.
- Artículo 34. Las enseñanzas de régimen especial.
- Artículo 35. Las enseñanzas de idiomas.
- Artículo 36. Las enseñanzas artísticas.
- Artículo 37. Las enseñanzas deportivas.
- Artículo 38. Finalidad de la educación de personas adultas.
- Artículo 39. Programación anual de enseñanzas y pruebas para las personas adultas.
- Artículo 40. La educación semipresencial y a distancia.
- Artículo 41. Líneas de acción institucional para atender la diversidad.
- Artículo 42. La Escuela inclusiva.
- Artículo 43. Plan Estratégico de Atención a la Diversidad (PEAD).
- Artículo 44. Necesidades específicas de apoyo educativo.
- Artículo 45. La compensación de la desigualdad.
- Artículo 46. Absentismo escolar y abandono escolar temprano.
- Artículo 47. Fomento del plurilingüismo.
- Artículo 48. Educación plurilingüe.
- Artículo 49. Formación lingüística y metodológica.
- Artículo 50. Programación general de la enseñanza y escolarización.
- Artículo 51. El proceso de admisión en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
- Artículo 52. El mapa escolar de Canarias y los distritos escolares.
- Artículo 53. Las áreas territoriales.
- Artículo 54. Zonas educativas.
- Artículo 55. Los distritos escolares.
- Artículo 56. Las escuelas unitarias.
- Artículo 57. La organización y el funcionamiento de los centros sostenidos con fondos públicos.
- Artículo 58. La participación en la gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.
- Artículo 59. Fomento y apoyo al liderazgo educativo.
- Artículo 60. La autonomía de los centros sostenidos con fondos públicos.
- Artículo 61. Planificación educativa y gestión democrática.
- Artículo 62. El profesorado y la profesión docente.
- Artículo 63. El acceso y el ejercicio de la función pública docente.
- Artículo 64. Formación y promoción de la carrera docente.
- Artículo 65. Medidas para el reconocimiento y la protección de la función docente.
- Artículo 66. Procedimiento para la evaluación del sistema educativo.
- Artículo 67. Finalidad y características de la evaluación del sistema educativo.
- Artículo 68. Evaluaciones de diagnóstico.
- Artículo 69. Evaluación de centros, los servicios educativos y la función directiva.
- Artículo 70. Evaluación de la administración educativa.
- Artículo 71. La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa.
- Artículo 72. Principios de gestión económica y compromisos de financiación.
- Artículo 73. La financiación de los centros educativos.
- Disposición adicional primera. Calendario de aplicación de la ley.
- Disposición adicional segunda. Órganos de negociación y de representación del personal docente.
- Disposición adicional tercera. Estabilidad laboral del personal interino.
- Disposición adicional cuarta. Estabilidad de las plantillas de los centros educativos.
- Disposición adicional quinta. Criterios de asignación de plantillas.
- Disposición adicional sexta. Sistema retributivo.
- Disposición adicional séptima. Protección de datos personales.
- Disposición adicional octava. La docencia de los maestros y maestras en la educación secundaria.
- Disposición adicional novena. Garantía Juvenil canaria.
- Disposición adicional décima. Ampliación de la educación obligatoria.
- Disposición adicional decimoprimera. Cooperación social y concertación.
- Disposición adicional decimosegunda. Ciudades educadoras.
- Disposición adicional decimotercera. Contratación de personas nativas.
- Disposición adicional decimocuarta. Reconocimiento social del profesorado.
- Disposición adicional decimoquinta. Fondo de compensación.
- Disposición adicional decimosexta. Material didáctico copyleft.
- Disposición adicional decimoséptima. Reducción del porcentaje del profesorado interino.
- Disposición adicional decimoctava. Plan para la igualdad de género en el sistema educativo.
- Disposición adicional decimonovena. Educación infantil de 0 a 3 años.
- Disposición adicional vigésima. Organización de las enseñanzas artísticas superiores.
- Disposición adicional vigésimo primera. Nuevos entornos de aprendizaje.
- Disposición adicional vigésimo segunda. Portafolio personal de aprendizaje y registro académico personal.
- Disposición adicional vigésimo tercera. Aplicación de las normas reglamentarias.
- Disposición adicional vigésimo cuarta. Abandono escolar temprano y absentismo escolar.
- Disposición adicional vigésimo quinta. Mapa Escolar de Canarias.
- Disposición adicional vigésimo sexta. Residencias escolares.
- Disposición derogatoria única.
- Disposiciones final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2014?
- Ley 6/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.