Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
BOE-A-2006-14968 · Boletín Oficial del Estado, 2006-08-21 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 6/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 6/2006, de 17 de julio, regula el régimen jurídico del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, estableciendo las normas para su administración, defensa y conservación. Esta norma es aplicable a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y a sus organismos públicos desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, se destacan: la clasificación de los bienes en demaniales y patrimoniales, estableciendo un régimen específico para cada tipo; la obligación de llevar un inventario de todos los bienes y derechos que integran el patrimonio; y la regulación de los procedimientos para la adquisición, enajenación y uso de estos bienes, promoviendo la eficiencia y la transparencia en su gestión. Además, se establece un régimen sancionador para las infracciones relacionadas con la gestión del patrimonio, con multas que pueden llegar hasta diez millones de euros en casos de infracciones muy graves.
La ley no está derogada y sigue vigente, siendo fundamental para la correcta gestión del patrimonio público en Canarias.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-07-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 199, 2006-08-21
- Entrada en vigor
- 2006-07-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 145
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-14968
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 2. Concepto de patrimonio de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 3. Clasificación de los bienes que integran el patrimonio de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 4. Bienes y derechos de dominio público o demaniales.
- Artículo 5. Principios relativos a los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 6. Bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales.
- Artículo 7. Principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales.
- Artículo 8. Competencias.
- Artículo 9. Inventario patrimonial.
- Artículo 10. Inscripciones registrales.
- Artículo 11. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales.
- Artículo 12. Libertad de pactos.
- Artículo 13. Expediente patrimonial.
- Artículo 14. Formalización.
- Artículo 15. Tasaciones periciales e informes técnicos.
- Artículo 16. Modos de adquirir bienes y derechos.
- Artículo 17. Adjudicaciones de bienes y derechos en procedimientos judiciales o administrativos.
- Artículo 18. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria.
- Artículo 19. Adquisición onerosa de bienes y derechos.
- Artículo 20. Adquisiciones a título gratuito.
- Artículo 21. Normas especiales para las adquisiciones hereditarias.
- Artículo 22. Prescripción adquisitiva.
- Artículo 23. Ocupación de bienes muebles.
- Artículo 24. Negocios jurídicos de adquisición.
- Artículo 25. Procedimiento de adquisición de inmuebles o derechos sobre los mismos.
- Artículo 26. Adquisición de edificios en construcción.
- Artículo 27. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios.
- Artículo 28. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
- Artículo 29. Adquisición de títulos de sociedades mercantiles.
- Artículo 30. Procedimiento para el arrendamiento de inmuebles.
- Artículo 31. Tramitación anticipada de contratos de arrendamiento.
- Artículo 32. Arrendamiento de parte del derecho de uso o utilización compartida de inmuebles.
- Artículo 33. Utilización del bien arrendado.
- Artículo 34. Resolución anticipada del contrato.
- Artículo 35. Contratos mixtos.
- Artículo 36. Bienes y derechos enajenables.
- Artículo 37. Negocios jurídicos de enajenación.
- Artículo 38. Competencia.
- Artículo 39. Trámites previos a la enajenación.
- Artículo 40. Formas de enajenación.
- Artículo 41. Procedimiento de enajenación.
- Artículo 42. Enajenación a propietarios colindantes.
- Artículo 43. Aportación a juntas de compensación.
- Artículo 44. Enajenación gratuita de bienes o derechos.
- Artículo 45. Enajenación onerosa de bienes muebles.
- Artículo 46. Enajenación gratuita de bienes muebles.
- Artículo 47. Enajenación de bienes muebles de desecho.
- Artículo 48. Enajenación de títulos de sociedades mercantiles.
- Artículo 49. Competencia.
- Artículo 50. Procedimiento.
- Artículo 51. Permuta de bienes y derechos.
- Artículo 52. Competencia.
- Artículo 53. Procedimiento.
- Artículo 54. Cesión de uso de bienes y derechos.
- Artículo 55. Competencia.
- Artículo 56. Vinculación al fin.
- Artículo 57. Procedimiento.
- Artículo 58. Resolución de la cesión.
- Artículo 59. Imposición de cargas y gravámenes.
- Artículo 60. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.
- Artículo 61. Forma de la afectación.
- Artículo 62. Afectaciones concurrentes.
- Artículo 63. Procedimiento para la afectación de bienes y derechos.
- Artículo 64. Desafectación de los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 65. Procedimiento para la desafectación.
- Artículo 66. Mutaciones demaniales.
- Artículo 67. Procedimiento para la mutación demanial.
- Artículo 68. Adscripción a organismos públicos.
- Artículo 69. Procedimiento para la adscripción.
- Artículo 70. Desadscripción.
- Artículo 71. Resolución de discrepancias.
- Artículo 72. Tipos de uso de los bienes de dominio público.
- Artículo 73. Títulos habilitantes.
- Artículo 74. Reservas demaniales.
- Artículo 75. Competencia y condiciones de las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 76. Autorizaciones.
- Artículo 77. Concesiones demaniales.
- Artículo 78. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales.
- Artículo 79. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia.
- Artículo 80. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 81. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 82. Titularización de derechos de cobro.
- Artículo 83. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
- Artículo 84. Destino de las obras a la extinción del título.
- Artículo 85. Liquidación de concesiones y autorizaciones de ocupación sobre bienes desafectados.
- Artículo 86. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 87. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos.
- Artículo 88. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes adscritos.
- Artículo 89. Competencia.
- Artículo 90. Contratos para la explotación de bienes patrimoniales.
- Artículo 91. Procedimiento de adjudicación.
- Artículo 92. Frutos y rentas patrimoniales.
- Artículo 93. Administración y explotación de propiedades incorporales.
- Artículo 94. Deberes, facultades y prerrogativas.
- Artículo 95. Adopción de medidas cautelares.
- Artículo 96. Régimen de control judicial.
- Artículo 97. Comunicación de hechos punibles.
- Artículo 98. Facultad de investigación.
- Artículo 99. Competencia.
- Artículo 100. Procedimiento de investigación.
- Artículo 101. Premio por denuncia.
- Artículo 102. Potestad de deslinde.
- Artículo 103. Competencia.
- Artículo 104. Procedimiento de deslinde.
- Artículo 105. Inscripción.
- Artículo 106. Potestad de recuperación posesoria.
- Artículo 107. Competencia.
- Artículo 108. Procedimiento para el ejercicio de la potestad de recuperación.
- Artículo 109. Potestad de desahucio.
- Artículo 110. Competencia.
- Artículo 111. Procedimiento para el ejercicio de la potestad de desahucio.
- Artículo 112. Colaboración del personal al servicio de la Administración.
- Artículo 113. Colaboración ciudadana.
- Artículo 114. Notificación de determinados actos y contratos.
- Artículo 115. Facilitación de información.
- Artículo 116. Ámbito.
- Artículo 117. Régimen jurídico y patrimonial de las sociedades mercantiles públicas.
- Artículo 118. Constitución y disolución de sociedades mercantiles.
- Artículo 119. Adquisición de títulos representativos de capital y de deuda de sociedades mercantiles.
- Artículo 120. Enajenación de títulos representativos de capital y de deuda de sociedades mercantiles.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se añade | la disposición adicional 9, por Decreto-ley 7/2022, de 26 de abril |
| Se añade | la disposición adicional 9, por Ley 3/2023, de 6 de marzo |
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
| Modifica | Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. |
| Deroga | arts. 4 y 5 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre |
| Deroga | Ley 8/1987, de 28 de abril |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2006?
- Ley 6/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2006?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.