Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
BOE-A-2003-4607 · Boletín Oficial del Estado, 2003-03-06 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 2/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-23.
Resumen
La Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias regula el acceso a una vivienda digna y adecuada en la Comunidad Autónoma de Canarias, aplicando desde su entrada en vigor en 2003. Esta norma establece derechos y obligaciones tanto para la administración pública como para los ciudadanos, buscando mejorar la situación de la vivienda en la región.
Entre los puntos clave, la ley crea el Instituto Canario de la Vivienda, encargado de gestionar las políticas de vivienda y promover la construcción de viviendas protegidas. Se establece un régimen de protección para estas viviendas, que incluye limitaciones en su uso y transmisión, así como la obligación de destinar un porcentaje del suelo urbanizable a la construcción de viviendas protegidas. Además, se introducen mecanismos para garantizar el cumplimiento de la función social de la vivienda, permitiendo a la administración intervenir en casos de incumplimiento. La ley también contempla la creación de un registro de viviendas deshabitadas y establece sanciones para quienes no cumplan con las normativas de vivienda.
La Ley 2/2003 no está derogada y sigue vigente, siendo un marco legal fundamental para la regulación de la vivienda en Canarias.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-01-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 56, 2003-03-06
- Entrada en vigor
- 2003-03-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-23
- Artículos
- 168
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-4607
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios rectores.
- Artículo 2 bis. Deber de colaboración.
- Artículo 3. Ejercicio de las competencias.
- Artículo 4. Competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 5. Competencias de los cabildos insulares.
- Artículo 6. Competencias de los ayuntamientos.
- Artículo 7. Del Instituto Canario de la Vivienda.
- Artículo 8. Competencias y funciones.
- Artículo 9. Modos de gestión.
- Artículo 10. Oficinas de Vivienda.
- Artículo 11. Organización.
- Artículo 12. El Consejo de Dirección.
- Artículo 13. Funciones del Consejo de Dirección.
- Artículo 14. El presidente.
- Artículo 15. El Director.
- Artículo 16. El Secretario.
- Artículo 17. Facultades y beneficios.
- Artículo 18. Patrimonio.
- Artículo 19. Régimen presupuestario, financiero y de control.
- Artículo 20. Personal.
- Artículo 21. Régimen jurídico.
- Artículo 22. Sede.
- Artículo 23. Estatutos.
- Artículo 24. La Comisión de Vivienda.
- Artículo 25. Consorcios Insulares de Vivienda.
- Artículo 26. De los municipios de preferente localización de viviendas protegidas.
- Artículo 27. De la afectación de suelo en el planeamiento municipal.
- Artículo 28. Objeto.
- Artículo 29. Actuaciones protegibles.
- Artículo 30. Modalidades de financiación.
- Artículo 31. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 32. Concepto.
- Artículo 32 bis. Ocupación efectiva de las viviendas.
- Artículo 33. Superficie.
- Artículo 34. Destino.
- Artículo 35. Calidad.
- Artículo 36. Precio de venta y renta.
- Artículo 37. Requisitos de acceso.
- Artículo 38. Financiación.
- Artículo 39. Limitaciones a la capacidad de disponer.
- Artículo 40. Contenido obligatorio de los contratos.
- Artículo 41. Efectos por incumplimiento.
- Artículo 42. Concepto.
- Artículo 43. Objetivos.
- Artículo 44. Modalidades.
- Artículo 45. Parque público de viviendas.
- Artículo 46. Beneficiarios.
- Artículo 47. Adjudicación.
- Artículo 48. Modos de acceso.
- Artículo 49. Duración del régimen legal de protección.
- Artículo 50. Conservación y administración.
- Artículo 51. Concepto.
- Artículo 52. Beneficiarios.
- Artículo 53. Modos de acceso.
- Artículo 54. Transmisión.
- Artículo 55. Concepto.
- Artículo 56. Requisitos.
- Artículo 57. Clases, régimen jurídico y financiación.
- Artículo 58. Objeto.
- Artículo 59. Objeto.
- Artículo 60. Requisitos.
- Artículo 61. Objeto.
- Artículo 62. Fines.
- Artículo 63. Requisitos.
- Artículo 64. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 65. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 66. Precio de venta.
- Artículo 67. Caducidad del ejercicio de los derechos de adquisición preferente y de tanteo y retracto.
- Artículo 68. Causas.
- Artículo 69. Procedimiento.
- Artículo 70. Suspensión del procedimiento.
- Artículo 71. Precinto cautelar.
- Artículo 72. Competencia.
- Artículo 73. Objeto.
- Artículo 74. Contenido.
- Artículo 75. Procedimiento y aprobación del Plan de Vivienda.
- Artículo 76. De los programas de vivienda.
- Artículo 77. Concepto.
- Artículo 77 bis. Ocupación efectiva de las viviendas.
- Artículo 78. Regulación.
- Artículo 79. Ubicación de las viviendas.
- Artículo 80. Del ejercicio efectivo del derecho a una vivienda.
- Artículo 81. Definición de viviendas deshabitadas.
- Artículo 82. Indicios de no habitación.
- Artículo 83. Ámbito.
- Artículo 84. Alcance y contenido de las comunicaciones por parte de las compañías suministradoras de servicios.
- Artículo 85. Alcance y contenido de las comunicaciones por parte de los ayuntamientos.
- Artículo 86. Alcance y contenido de las comunicaciones por parte de las entidades financieras y sus filiales inmobiliarias, entidades de gestión de activos, y entidades inmobili…
- Artículo 87. Plazo para la remisión de las comunicaciones.
- Artículo 88. No interrupción del plazo de prescripción de las infracciones.
- Subsección 2.ª De la instrucción del procedimiento contradictorio
- Artículo 89. De la competencia para la tramitación del procedimiento de declaración de vivienda deshabitada.
- Artículo 90. Tramitación del procedimiento.
- Artículo 91. Incoación del procedimiento.
- Artículo 92. Instrucción del procedimiento.
- Artículo 93. Medios de prueba.
- Artículo 94. Propuesta de resolución.
- Artículo 95. Resolución declarativa de vivienda deshabitada.
- Artículo 96. Plazo de resolución del procedimiento y efectos de la falta de resolución expresa.
- CAPÍTULO II
- Artículo 97. Del Registro de Viviendas Deshabitadas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 98. Políticas y actuaciones de fomento para promover el uso social de las viviendas propiedad de las personas físicas.
- CAPÍTULO I
- Artículo 99. Finalidad.
- Artículo 100. De las potestades de inspección.
- Artículo 101. Planificación de la función inspectora.
- Artículo 102. Plan de inspección en materia de viviendas.
- Artículo 103. Seguimiento y evaluación del plan.
- Artículo 104. Infracciones leves.
- Artículo 105. Infracciones graves.
- Artículo 106. Infracciones muy graves.
- Artículo 107. Sujetos responsables.
- Artículo 108. Responsables solidarios.
- Artículo 109. Responsables subsidiarios.
- Artículo 110. Muerte de personas físicas o extinción de las personas jurídicas o entidades responsables de las infracciones.
- Artículo 111. Locales y edificaciones complementarias.
- Artículo 112. Sanciones pecuniarias.
- Artículo 113. Sanciones accesorias.
Normas que la modifican o afectan (19)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2003?
- Ley 2/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-23.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2003?
- El BOE registra 19 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.