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Ley Vigente

Artículo 15. El Director.

Artículo 15 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. · BOE-A-2003-4607

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-10.

Texto consolidado

1. El Director será nombrado y cesado por el Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero competente en materia de vivienda.

2. El Director ejercerá la gestión ordinaria del Instituto y las tareas ejecutivas y las funciones de gestión y representación en la forma que se determine en los estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-10.

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