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LeyAutonómico Vigente

Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura.

BOE-A-1998-19729 · Boletín Oficial del Estado, 1998-08-13 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 6/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

La Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura regula las actividades relacionadas con casinos, juegos y apuestas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta norma es aplicable a todas las personas y entidades que deseen participar en la organización, explotación o gestión de juegos y apuestas en esta región desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave de la ley se destacan: la necesidad de obtener una autorización administrativa previa para realizar cualquier actividad de juego, la creación de un Catálogo de Juegos y Apuestas que define las modalidades permitidas, y la obligación de las empresas de juego de constituir fianzas para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Además, se establece un régimen sancionador para las infracciones, que clasifica las faltas en muy graves, graves y leves, con sanciones que pueden incluir multas y la suspensión de autorizaciones. También se prohíbe la participación de menores y de personas en situaciones de exclusión en actividades de juego.

Esta ley no está derogada y sigue vigente, estableciendo un marco normativo que busca regular el juego de manera responsable y con un enfoque en la protección de los usuarios.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 6/1998
Fecha de la disposición
1998-06-18
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 193, 1998-08-13
Entrada en vigor
1998-08-07
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
63
Identificador BOE
BOE-A-1998-19729
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (13)

Normas a las que afecta (1)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 6/1998?
Ley 6/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/1998?
El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/1998?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.