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Ley Vigente

Artículo 28. Competencias de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda.

Artículo 28 de la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura. · BOE-A-1998-19729

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-07.

Texto consolidado

Corresponde a la Consejería de Economía, Industria y Hacienda:

a) La elaboración de las normas necesarias para el control y dirección de los juegos y apuestas.

b) La concesión de las autorizaciones necesarias para realizar las actividades relacionadas con los juegos y apuestas.

c) La vigilancia y control de las actividades relacionadas con los juegos y apuestas.

d) Las reglas esenciales que es preciso aplicar en los Juegos y Apuestas incluidas en el Catálogo.

e) Cualesquiera otras competencias que le asigne la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-08-07.

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