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Ley 7/2018, de 2 de agosto, extremeña de grandes instalaciones de ocio (LEGIO).

BOE-A-2018-11905 · Boletín Oficial del Estado, 2018-08-28 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 7/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

La Ley 7/2018, de 2 de agosto, regula el establecimiento de grandes instalaciones de ocio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el objetivo de fomentar el desarrollo económico y social de la región. Esta norma se aplica a iniciativas empresariales que deseen crear complejos de ocio de gran capacidad, que incluyan actividades recreativas, culturales y de juego, entre otras.

Entre los puntos clave de la ley, se establece que estos complejos deben tener una superficie mínima de 300 hectáreas y una inversión global de al menos mil millones de euros, generando un mínimo de 2,000 empleos directos. Además, se garantiza un marco jurídico específico que agiliza la tramitación administrativa, promoviendo la cooperación entre administraciones para facilitar el desarrollo de estos proyectos. La ley también incluye medidas fiscales favorables y la creación de un fondo de sostenibilidad social corporativa, que destinará recursos a iniciativas de interés general. Por último, se reconoce la importancia de la sostenibilidad ambiental, exigiendo la preservación de biodiversidad en el área del proyecto. Esta ley no está derogada y está vigente desde su publicación.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 7/2018
Fecha de la disposición
2018-08-02
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 208, 2018-08-28
Entrada en vigor
2018-08-07
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
20
Identificador BOE
BOE-A-2018-11905
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 7/2018?
Ley 7/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2018?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2018?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.