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Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

BOE-A-2002-16784 · Boletín Oficial del Estado, 2002-08-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 5/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-13.

Resumen

La Ley 5/2002, de 23 de mayo, regula la protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aplicándose a todos los animales domésticos y salvajes en cautividad desde su entrada en vigor. Esta norma establece obligaciones y derechos clave para los poseedores de animales, incluyendo la obligación de proporcionar alimentación adecuada y condiciones higiénicas, así como la prohibición de maltrato, abandono y prácticas que causen sufrimiento injustificado. Además, se prohíbe la tenencia de animales salvajes en condiciones no adecuadas y se establecen requisitos para los establecimientos que crían o venden animales.

La ley también contempla la creación de registros para la identificación de animales, la responsabilidad de los propietarios en caso de daños y la regulación de sanciones por infracciones, que pueden ser leves, graves o muy graves, con multas que varían según la gravedad de la falta. Se prevén campañas de sensibilización sobre el bienestar animal y se establece un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de la normativa. Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 5/2002
Fecha de la disposición
2002-05-23
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 201, 2002-08-22
Entrada en vigor
2002-09-18
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-10-13
Artículos
49
Identificador BOE
BOE-A-2002-16784
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.

La creciente sensibilización de los ciudadanos extremeños por la protección de los animales, en concordancia con la existente en las sociedades más avanzadas, aconsejan crear un instrumento legal que permita la defensa, respeto y salvaguarda de los animales frente a conductas que supongan maltrato, violencia, vejaciones o el mantenimiento de los mismos en condiciones higiénico-sanitarias contrarias a su especie y grado de desarrollo; al tiempo que dicho instrumento sirva para fomentar esta sensibilización por los animales de acuerdo con lo previsto en los Tratados y Convenios internacionales suscritos al efecto.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (1)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 5/2002?
Ley 5/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-13.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2002?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2002?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.