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Ley Vigente

Artículo 15. Definición.

Artículo 15 de la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2002-16784

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-18.

Texto consolidado

Se entiende por animal de compañía aquel que convive con el hombre, sin que éste persiga por ello fin de lucro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-09-18.

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