Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
BOE-A-2017-11910 · Boletín Oficial del Estado, 2017-10-17 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 4/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-09-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 250, 2017-10-17
- Entrada en vigor
- 2017-10-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 95
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-11910
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 3. Calificación y reconocimiento de la situación de discapacidad.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Fines.
- Artículo 6. Principios de actuación.
- Artículo 7. Lengua de signos española, braille y medios de apoyo a la comunicación oral y escrita.
- Artículo 8. Garantía del derecho a la igualdad de oportunidades y no discriminación.
- Artículo 9. Vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades.
- Artículo 10. Medidas de acción positiva en beneficio de personas en especial situación de vulnerabilidad.
- Artículo 11. Mujeres y niñas con discapacidad.
- Artículo 12. Plan de Acción Integral para Mujeres con Discapacidad de Andalucía.
- Artículo 13. Junta arbitral de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de Andalucía.
- Artículo 14. Atención integral.
- Artículo 15. Protección del derecho a la salud.
- Artículo 16. Medidas del sistema sanitario público de Andalucía.
- Artículo 17. Atención infantil temprana.
- Artículo 18. Protección del derecho a la educación.
- Artículo 19. Medidas del sistema educativo público de Andalucía.
- Artículo 20. Estrategia para la Educación Inclusiva en Andalucía.
- Artículo 21. Orientación posterior a la etapa escolar.
- Artículo 22. Medidas en el ámbito de la educación universitaria.
- Artículo 23. Servicios complementarios.
- Artículo 24. Protección del derecho al trabajo.
- Artículo 25. Políticas de formación profesional para el empleo.
- Artículo 26. Políticas de empleo.
- Artículo 27. Plan de empleo de las personas con discapacidad.
- Artículo 28. Empleo público.
- Artículo 29. Medidas de acción positiva en el ámbito de la formación y el empleo.
- Artículo 30. Salud y seguridad laboral.
- Artículo 31. Formación de empleados públicos.
- Artículo 32. Derecho a la protección social.
- Artículo 33. Criterios de actuación.
- Artículo 34. Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía.
- Artículo 35. Voluntariado social.
- Artículo 36. Centros de valoración y orientación de personas con discapacidad.
- Artículo 37. Atención en supuestos de penas de privación de libertad.
- Artículo 38. Asistencia personal.
- Artículo 39. Viviendas para la promoción de la autonomía personal.
- Artículo 40. Infancia y juventud con discapacidad.
- Artículo 41. Protección del derecho a la cultura, turismo, deporte y otras actividades de ocio.
- Artículo 42. Inclusión y atención especial.
- Artículo 43. Medidas de fomento.
- Artículo 44. Protección del derecho a la vida independiente, la accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
- Artículo 45. Condiciones de accesibilidad y no discriminación autonómicas.
- Artículo 46. Espacios públicos urbanizados y edificaciones.
- Artículo 47. Espacios naturales.
- Artículo 48. Instalaciones temporales de espectáculos públicos, actividades recreativas y, en general, de cualquier otra actividad de carácter cultural o social.
- Artículo 49. Medios de transporte público.
- Artículo 50. Acceso y utilización de bienes y servicios a disposición del público.
- Artículo 51. Relaciones con las Administraciones Públicas de Andalucía.
- Artículo 52. Perros de asistencia.
- Artículo 53. Planes de accesibilidad.
- Artículo 54. Uso preferente de alojamientos y espacios accesibles.
- Artículo 55. Uso reservado de las plazas de estacionamiento accesibles.
- Artículo 56. Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
- Artículo 57. Viviendas convertibles.
- Artículo 58. Viviendas reservadas.
- Artículo 59. Ayudas públicas a la adaptación de las zonas comunitarias y del interior de las viviendas.
- Artículo 60. Tecnologías de la información y la comunicación.
- Artículo 61. Investigación y redes del conocimiento.
- Artículo 62. Autonomía en la toma de decisiones.
- Artículo 63. Interés superior.
- Artículo 64. Apoyo en el proceso de toma de decisiones.
- Artículo 65. Derechos y garantías de las personas con discapacidad usuarias de centros residenciales y centros de día.
- Artículo 66. Especial protección de las personas con discapacidad en su condición de consumidoras.
- Artículo 67. Medios de comunicación social.
- Artículo 68. Accesibilidad a los medios de comunicación audiovisual.
- Artículo 69. Intervención en caso de publicidad discriminatoria.
- Artículo 70. Plan de acción integral para las personas con discapacidad en Andalucía.
- Artículo 71. Medidas de atención a mujeres con discapacidad.
- Artículo 72. Memoria de seguimiento de la ley.
- Artículo 73. Medios.
- Artículo 74. Sistemas de gestión y calidad.
- Artículo 75. Estudios y estadísticas.
- Artículo 76. Contratación pública.
- Artículo 77. Fomento de la accesibilidad.
- Artículo 78. Toma de conciencia social.
- Artículo 79. Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad.
- Artículo 80. Participación social.
- Artículo 81. Colaboración con la iniciativa social.
- Artículo 82. Potestad sancionadora y régimen jurídico.
- Artículo 83. Órganos competentes y procedimiento.
- Artículo 84. Infracciones.
- Artículo 85. Sanciones.
- Artículo 86. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 87. Requerimientos de la Administración autonómica.
- Disposición adicional primera. Regulación del uso de perros de asistencia.
- Disposición adicional segunda. Constitución de la Junta arbitral de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de Andalucía.
- Disposición adicional tercera. Formulación de planes.
- Disposición transitoria única. Máquinas expendedoras, suministradoras automáticas o en la modalidad de autoservicio en funcionamiento.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Normativa vigente.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 292, de 1 de diciembre de 2017 |
| Corrección de errores | en BOJA núm. 215 de 9 de noviembre de 2017 |
| Se modifica | Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. |
| Se modifica | los arts. 50, 84, 85 y AÑADE la disposición transitoria única, por Ley 8/2023, de 28 de julio |
| Se modifica | el art. 64, por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2017?
- Ley 4/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2017?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.