Disposición adicional primera. Regulación del uso de perros de asistencia.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-2017-11910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-24.
Texto consolidado
En el plazo de un año tras la entrada en vigor de esta ley, se iniciará el trámite de elaboración de la norma que regule el uso de los perros de asistencia por personas con discapacidad en Andalucía.
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