Artículo 15. Protección del derecho a la salud.
Artículo 15 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-2017-11910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-24.
Texto consolidado
1. Las Administraciones Públicas de Andalucía, para garantizar el derecho a la salud de las personas con discapacidad y promover su nivel más alto de salud y bienestar, prevenir situaciones de discapacidad o su agravamiento, desarrollarán y establecerán programas, procesos asistenciales y actuaciones específicas. La Administración podrá cooperar con las entidades del sector asociativo de las personas con discapacidad y sus familias.
2. Los servicios de salud o de atención a la salud asegurarán la accesibilidad a las personas con discapacidad.