Artículo 35. Voluntariado social.
Artículo 35 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-2017-11910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-24.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas competentes fomentarán y apoyarán la colaboración del voluntariado en las actividades reguladas en la presente ley.