Artículo 75. Estudios y estadísticas.
Artículo 75 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-2017-11910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-24.
Texto consolidado
En los estudios y estadísticas que se lleven a cabo por la Administración de la Junta de Andalucía se promoverá la inclusión de indicadores relativos a las personas con discapacidad, así como indicadores que permitan medir la efectividad de las medidas adoptadas para fomentar la igualdad de oportunidades de las mismas.