Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón.
BOE-A-2019-994 · Boletín Oficial del Estado, 2019-01-28 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 17/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 17/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-12-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 24, 2019-01-28
- Entrada en vigor
- 2018-12-20
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-994
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines y objetivos.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Agentes del Sistema Aragonés de I+D+i.
- Artículo 6. Universidades.
- Artículo 7. Organismos públicos de investigación y entidades de derecho público.
- Artículo 8. Red de centros sanitarios y hospitales.
- Artículo 9. Institutos de investigación.
- Artículo 10. Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Artículo 11. Fundaciones.
- Artículo 12. Archivos, museos y bibliotecas.
- Artículo 13. Centros tecnológicos.
- Artículo 14. Parques científico-tecnológicos.
- Artículo 15. Empresas y agrupaciones empresariales innovadoras.
- Artículo 16. Centros de transferencia.
- Artículo 17. Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.
- Artículo 18. Clasificación.
- Artículo 19. Personal de investigación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de los organismos públicos de investigación adscritos a ella.
- Artículo 20. Contratación de personal investigador de carácter laboral.
- Artículo 21. Otras disposiciones aplicables a los empleados públicos del Sistema Aragonés de I+D+i.
- Artículo 22. Personal de investigación de la Universidad de Zaragoza.
- Artículo 23. Personal investigador del Sistema Aragonés de Salud.
- Artículo 24. Marco Europeo para las Categorías de Investigación.
- Artículo 25. Infraestructuras y equipamientos de I+D+i.
- Artículo 26. Red de Investigación de Aragón.
- Artículo 27. Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares.
- Artículo 28. Otras infraestructuras de excelencia.
- Artículo 29. Órganos competentes.
- Artículo 30. Departamento competente en I+D+i.
- Artículo 31. Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón.
- Artículo 32. Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
- Artículo 33. Plan Autonómico de I+D+i.
- Artículo 34. Estrategias en I+D+i.
- Artículo 35. Financiación pública y privada de la I+D+i.
- Artículo 36. Financiación pública.
- Artículo 37. Financiación privada, mecenazgo y crowdfunding.
- Artículo 38. Objeto y naturaleza.
- Artículo 39. Fines.
- Artículo 40. Funcionamiento y diseño.
- Artículo 41. Acreditación e inscripción.
- Artículo 42. Cancelación.
- Artículo 43. Impulso y apoyo público a la I+D+i aragonesa.
- Artículo 44. Fomento de la actividad investigadora e innovadora.
- Artículo 45. Relación del Sistema Aragonés de I+D+i con otros sistemas.
- Artículo 46. Internacionalización del Sistema Aragonés de I+D+i.
- Artículo 47. Relación con el Espacio Europeo del Conocimiento.
- Artículo 48. Valorización y transferencia del conocimiento.
- Artículo 49. Difusión de los resultados de la I+D+i aragonesa.
- Disposición adicional primera. Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (Fundación ARAID).
- Disposición adicional segunda. Implantación de la perspectiva de género.
- Disposición adicional tercera. Explotación y cesión de invenciones realizadas por el personal investigador de los centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de A…
- Disposición adicional cuarta. Incremento del Fondo Aragonés de I+D+i.
- Disposición adicional quinta. Contratación temporal de personal investigador y de personal técnico de apoyo a la investigación para la realización de proyectos específicos de in…
- Disposición adicional sexta. Régimen retributivo especial de determinado personal investigador contratado por entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma…
- Disposición transitoria primera. Composición del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
- Disposición transitoria segunda. Consolidación de empleo temporal.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Regulación de las modalidades de contratación del personal de investigación.
- Disposición final cuarta. Referencia de género.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
| Modifica | Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. |
| Deroga | la Ley 9/2003, de 12 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 17/2018?
- Ley 17/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 17/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.