Artículo 24. Marco Europeo para las Categorías de Investigación.
Artículo 24 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón. · BOE-A-2019-994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. El Marco Europeo para las Categorías de Investigación tiene como objetivo coadyuvar a la comunidad investigadora, universidades, institutos de investigación o empresas, financiadores y autoridades públicas, a unificar procedimientos de forma adecuada a sus propios contextos nacionales e institucionales en relación con la clasificación y categorización de los investigadores europeos.
2. El Gobierno de Aragón a través del departamento competente en I+D+i impulsará el consenso necesario para la adopción de criterios comunes de valoración de las categorías, etapas, habilidades y competencias en los diversos agentes del sistema público aragonés de I+D+i.
3. No se entenderán como carrera profesional en los términos señalados en los artículos anteriores las iniciativas y acuerdos que se adopten en el Marco Europeo para las Categorías de Investigación.