Artículo 11. Fundaciones.
Artículo 11 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón. · BOE-A-2019-994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. A los efectos de esta ley son agentes del Sistema Aragonés de I+D+i las fundaciones del sector público aragonés cuando así se establezca en la norma por la que se autorice su constitución y expresamente se recoja en sus estatutos su finalidad destinada a la realización de actividades de investigación e innovación.
2. Serán también agentes del Sistema Aragonés de I+D+i las fundaciones que no formen parte del sector público aragonés que tengan entre sus fines la realización de actividades de investigación e innovación y que desarrollen su actividad en territorio aragonés.