Disposición adicional primera. Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (Fundación ARAID).
Disposición adicional primera de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón. · BOE-A-2019-994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
La Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (Fundación ARAID), cuyo objeto es el impulso de la investigación, el desarrollo científico-tecnológico y la innovación como factores de desarrollo regional, es agente del Sistema Aragonés de I+D+i.
Se adoptarán las medidas oportunas para el desempeño por la Fundación ARAID de las funciones que ya tiene asignadas o bien para atribuirle nuevas actuaciones no incluidas en sus estatutos, mediante la modificación y adaptación de estos por el procedimiento legalmente establecido y su posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se incluirán nuevos programas, como la captación de talento, los contratos de acceso y estabilización (conocidos en el ámbito anglosajón como «tenuretrack»: investigadores en periodo de prueba para conseguir un puesto permanente) o la movilidad de investigadores entre centros, sectores e internacional.
Asimismo, la Fundación ARAID se constituirá como elemento de apoyo a iniciativas empresariales en áreas estratégicas orientadas a entornos competitivos internacionales de innovación, así como a la contratación de jóvenes investigadores en empresas, bajo supervisión académica e incentivada con carácter temporal.