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Ley Vigente

Artículo 48. Valorización y transferencia del conocimiento.

Artículo 48 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón. · BOE-A-2019-994

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Aragón fomentará la valorización, la protección y la transferencia del conocimiento con objeto de que los resultados de la investigación sean transferidos a la sociedad a través de:

a) El fomento de la cultura emprendedora e innovadora entre los agentes del Sistema Aragonés de I+D+i, especialmente, entre los agentes del sector público, estableciendo, en su ámbito de competencias, medidas de innovación tecnológica y de aplicación de las tecnologías de la información a los procedimientos administrativos, en el marco de la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas cuando esta sea de aplicación.

b) La promoción y el apoyo al acceso abierto a las publicaciones científicas y su apoyo a la reutilización eficiente de los datos de la investigación.

c) El impulso al aprovechamiento compartido del conocimiento y a la participación activa de la iniciativa privada en el fomento de la generación del conocimiento y su aplicación, como clave para estimular la productividad y la competitividad de las empresas aragonesas.

d) La promoción de la incorporación e inserción profesional de recursos humanos especializados en ciencia, tecnología e innovación en el sector empresarial para el desarrollo de proyectos concretos.

e) La potenciación de la actividad de transferencia desde los agentes públicos e infraestructuras del Sistema Aragonés de I+D+i.

f) El apoyo a la generación de mecanismos de colaboración público-privada en proyectos estables de I+D+i y de nuevas empresas de base científica y tecnológica.

g) La potenciación de las sinergias que resulten de fomentar las tecnologías emergentes propias del momento.

2. El Gobierno de Aragón facilitará el aprovechamiento compartido del conocimiento científico y la innovación tecnológica dentro del Sistema Aragonés de I+D+i, impulsando la cooperación, las alianzas estratégicas y el trabajo en red entre los distintos agentes del sistema, y podrá incentivar aquellas acciones que se realicen con agentes del Sistema Aragonés de I+D+i que tengan su implantación o desarrollen su actividad en el medio rural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

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